Derecho de Inscripción en el Registro Civil

El pasado dia 8 de agosto fue publicado en el BOE nº188, la Instrucción de 31 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

BOE-A-2023-18146 Instrucción de 31 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

En él se recoge la obligatoriedad de que figure en un archivo del Registro Civil, sin efectos jurídicos, el fallecimiento ocurrido con posterioridad a los 180 dias de gestación y antes del nacimiento, pudiendo los progenitores otorgar un nombre.

Esta inscripción tiene carácter retroactivo para fallecimientos anteriores al pasado 9 de agosto y podrá realizarse durante dos años desde el momento de la publicación.

Pinchar en el enlace para información más detallada.

El Libro de Familia y derechos a la inscripción tras la muerte de un bebé durante el embarazo o después de nacer (umamanita.es)

(Fuente: Umamanita | Apoyo, sensibilización y humanización de la atención a la muerte y el duelo perinatal)

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